Isabel Pantoja ¿Audiencia pública o escarnio público?| Nínive A.Buznego. Abogada y Filósofa
- Nínive Alonso
- 20 jul 2022
- 3 Min. de lectura
Artículo publicado en EL COMERCIO (Grupo Vocento), 04, abril, 2022 y La Voz de Avilés
NINIVE ALONSO BUZNEGO
BUZNEGO LEGAL
ABOGADA Y FILÓSOFA

La dignidad es inherente a la persona, y debe ser respetada en el proceso penal sea ésta inocente o culpable, ladrón o asesino, famoso o no. Todo lo demás es la Edad Media y la plaza de la picota.
Casi tres minutos duró el asedio fotográfico a Isabel Pantoja en sala antes de su declaración. Y digo asedio, en tanto que permitido por el juez, y aquí entramos en la crítica, los medios de comunicación cercaron a la acusada, produciendo una atmósfera de presión y de nerviosismo absolutamente intolerable.
Digamos que bajo audiencia pública, los medios de prensa “pasaron hasta la cocina”, es decir forzaron el límite razonable de realizar su trabajo en virtud del principio de publicidad propio del proceso penal.
Bien, esto no puede ser nunca responsabilidad de los medios, que buscando la foto más vistosa, dramática o vendible para trasladar la información de un caso tan jugoso, tratan, como es evidente, de forzar la maquinaria tanto como sea posible.
Esto debe ser y es responsabilidad de quien es garante en ese momento de que la situación en sala se lleve a cabo de la manera más equilibrada posible y dentro de los límites legal, moral y del sentido común, es decir el juez o tribunal, y los demás profesionales de la justicia que le rodean.
La prensa como todo ciudadano, puede acceder a sala en audiencia pública para ver como se administra derecho en un proceso de este tipo, pero cuando los medios entran, lo hacen a la parte trasera de la sala, durante un muy breve periodo de tiempo, segundos, un minuto, dos a lo máximo, para tomar fotografías desde atrás o desde el lateral, nunca tan cerca y en la parte delantera de la sala.
Un “creo que ya es suficiente” de su señoría después de tres minutos de asedio fotográfico no resulta suficiente para garantizar un trato digno a una persona sobre la que ya va a caer el peso de la Justicia.
Se ha valorado que no hubo una actuación diligente del abogado de la defensa que podría haber pedido la declaración a puerta cerrada, inclusive la disposición de vallas para el acceso a los juzgados como complemento a la escolta por los guardias civiles que sí tuvo Isabel Pantoja, o que obedece a una estrategia procesal “a medias” con el cliente de querer victimizarse presentándose como el drama de una diva caída para despistar con la verdadera causa: la acusación como cooperadora necesaria de un delito de insolvencia punible como administradora única de Panriver56, que llevo a cabo un acuerdo extrajudicial con otra sociedad en perjuicio del crédito de una tercera que es la querellante.
Pero todo esto a mi juicio es desviar el tiro y perdernos por los laterales, los responsables de que la prensa no haya estado en una sala contigua, o en todo caso, en la misma sala en la parte trasera dentro de los límites del sentido común, así como que no se hayan dispuesto las vallas, como sí se han hecho con otras personas de gran relevancia pública, es de la administración de justicia.
La audiencia pública como garantía para las partes y como derecho para el pueblo soberano en nombre de cual se administra justicia, no puede convertirse en un escarnio público, ni puede poner nunca en juego la dignidad del acusado, porque la dignidad no está juego.
Y porque el tiempo de tirar verduras podres y de permitir burlas y mofas al colgado en la plaza de la picota ya pasó.
Nínive A.Buznego
625 31 95 92
Gijón,ASTURIAS
C/Azcárraga, 18
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